Servicios Sociales Generales
Servicios Sociales Especializados
Servicios Sociales Generales
LOS SERVICIOS SOCIALES
El Sistema Público de Servicios Sociales está constituido por el conjunto de recursos que tienen como finalidad contribuir al bienestar social mediante la prevención, eliminación o tratamiento, en su caso, de las causas que impidan o dificultan el pleno desarrollo de las personas, familias o de los grupos en qué se integran (Ley 5/97 de 25 de junio de 1997, por la que se regula el sistema público de servicios sociales en la Comunidad Valenciana).
El sistema público de servicios Sociales se estructura en: Servicios Sociales Generales y Servicios Sociales Especializados.
SERVICIOS SOCIALES GENERALES
Constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales, a través de los Equipos Sociales de Base, de responsabilidad municipal.
Son objeto de atención las problemáticas sociales derivadas por la pertenencia a uno o más grupos de población: familia, niñez, juventud, mujer, tercera edad, minusválidos (físicos, psíquicos, sensoriales y enfermos mentales), presos y ex reclusos, minorías étnicas, transeúntes, toxicómanos, refugiados, asilados, emigrantes, enfermos terminales u otros grupos en situación de necesidad. Tiene como objeto garantizar el acceso de los ciudadanos a las prestaciones básicas de Servicios Sociales y el acceso a los servicios sociales especializados, a través de las siguientes prestaciones y actuaciones:
Funciones:
1. PRESTACIONES Y ACTUACIONES DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN, ORIENTACIÓN Y MOVILIZACIÓN DE RECURSOS.
Información, orientación y asesoramiento a los ciudadanos y colectivos sobre los derechos y recursos sociales existentes. Incluye esta categoría la movilización de recursos, entendiendo por esto aquellas acciones que el profesional debe llevar a cabo en relación con las instituciones que han de aplicar el recurso adecuado (sea esta de Servicios Sociales, de Educación, de Sanidad, del Sistema de Pensiones o cualquier otro), y la finalidad de la cual es facilitar el acceso del cliente al dicho recurso. Se tramitan desde este Servicio libros de familia numerosa, tarjeta de transporte, reconocimiento de minusvalía, tarjeta de aparcamiento para minusválidos, etc.
2. PRESTACIONES Y ACTUACIONES DE APOYO A LA UNIDAD CONVIVENCIAL Y DE AYUDA A DOMICILIO.
Esta categoría hace referencia a las diferentes atenciones que facilitan a las personas y a las unidades convivenciales el mantenimiento de su autonomía y el goce de la convivencia en situaciones en las cuales no es posible la realización de sus actividades habituales, o cuando coinciden conflictos familiares que afectan algunos de sus miembros y ponen en peligro la propia continuidad de la convivencia autónoma. Servicio de ayuda a domicilio, teleasistencia domiciliaria, ayuda de cuidadores de ancianos, ayudas técnicas, intervención en crisis familiar, etc. El Servicio de ayuda a Domicilio está regulado por ordenanza reguladora del servicio publicada en el BOP núm. 66 de 01/06/2002.
3. PRESTACIONES Y ACTUACIONES DE ALOJAMIENTO ALTERNATIVO.
Este tipo de prestaciones representa una alternativa de convivencia personal para los que no tienen un ambiente familiar, o cuando este no permite un adecuado desarrollo de la persona por su incapacidad para procurar las atenciones básicas que necesita (incluidas las de afecto y socialización).
Centros residenciales permanentes o temporales, centros de acogida de protección, viviendas tuteladas: según la problemática y el sector de población, acogimiento familiar, etc.
4. PRESTACIONES Y ACTUACIONES DE INSERCIÓN SOCIAL.
Son intervenciones directas o aplicación de recursos realizados por profesionales y dirigidos a personas y colectivos en situación de riesgo o marginación social, con el objetivo de conseguir la reinserción familiar y social, facilitando la recuperación de actitudes y habilidades necesarias. Este tipo de intervenciones pueden llevarse a cabo por los profesionales del Equipo Base de los Servicios.
5. RECURSOS COMPLEMENTARIOS PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES DE SUBSISTENCIA.
La inclusión de esta categoría permite contemplar aquellos recursos que los Servicios Sociales gestionan como complemento al resto de prestaciones, para facilitar la atención a las necesidades de subsistencia del usuario o usuaria relacionadas con el alojamiento, la alimentación, el vestido y, en general, cualquier otra tendente a procurar los mínimos de subsistencia que, en un determinado lugar y momento, se consideran imprescindibles para obtener un nivel de vida digno. Toda demanda es valorada técnicamente. Por esto la prestación de las ayudas económicas -siempre de carácter temporal- se acompaña habitualmente de otras acciones que buscan la colaboración entre profesionales y clientes en el análisis de la situación y en su superación o mejora. Se tramitarán desde este Servicio Pensiones no contributivas, prestaciones económicas individualizadas de emergencia, para acogimiento familiar, prestaciones económicas regladas, ayudas para el alquiler de primera vivienda de familias monoparentales, etc.
Funcionamiento:
La atención es presencial y no hace falta pedir cita.
Profesional responsable:
ROSA ELENA CAPDEVILA BELLÉS (Trabajadora Social).
• MIÉRCOLES: LA POBLA TORNESA TELF. 964338150. 09-14H
















